Resumiendo:
- Primero hay que saber diferenciar entre aguas interiores, reguladas por gobierno autonómico, y aguas exteriores, reguladas por el gobierno central
- En aguas interiores NO se puede pescar ningún tipo de cefalópodo
- En aguas exteriores se pueden pescar todos, EXCEPTO el pulpo
Partiendo de esa base he cogido la normativa que delimita las llamadas "Líneas Base Rectas" (RD 2510/1977 que podéis leer AQUÍ) al sur de la cuales se pueden pescar estos deseados bichitos, y he hecho un mapa público donde he colocado las coordenadas de los cabos, puntas,... referencias que unen esas líneas, para que todos podamos tener definitivamente claro si nos pueden empapelar o no nuestros amigos los verdes.
El MAPA lo podéis ver AQUÍ
la idea es que discutamos aquí este aspecto, que corrijáis si he puesto algo que no sea correcto e incluso editéis ese mapa si veis algo que esté mal.
Una buena idea, que pienso llevar a la práctica, es coger las coordenadas de los cabos que más me afecten, marcarlos en mi plotter y marcar también en él las líneas que los unen...para tener clarísimo sobre el terreno que donde me echo a coger calamares estoy bien echao...
Saludos y buenas mareas...



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