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Valor de la embarcacion


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No hay IVA pero hay impuesto de transmisiones patrimoniales que en el caso de los barcos es el 4% del valor. El ministerio de Economía publica unas tablas en el BOE en el que viene el valor "fiscal" de los barcos y la "devaluación" anual.

Debes pagar entonces el 4% del valor que pongáis en el contrato pero si no quieres líos, el precio no debería ser mucho menor del precio "oficial". No he visto que hagan "revisiones" pero nunca se sabe

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No hay IVA pero hay impuesto de transmisiones patrimoniales que en el caso de los barcos es el 4% del valor. El ministerio de Economía publica unas tablas en el BOE en el que viene el valor "fiscal" de los barcos y la "devaluación" anual.

Debes pagar entonces el 4% del valor que pongáis en el contrato pero si no quieres líos, el precio no debería ser mucho menor del precio "oficial". No he visto que hagan "revisiones" pero nunca se sabe

te lo han respondido con mucha claridad juanex, por cierto, yo si que he visto alguna que otra revision de hacienda

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  • Miembros

Cuando se pone el valor fiscal que sale en las tablas de Hacienda, no hay revisión posible, ya que la misma norma lleva implícito que al aceptar el valor de las listas, yaqueda como definitivo sin posibilidad de revisión.

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yo creo que antes se pagaba como dicen aqui el 4% del valor que tu ponias que te habian vendido la embarcacion, ahora creo que ellos te ponen el valor segun una lista que tienen,pero creo que esa lista la tienen solo ellos.esto lo han hecho para quitar las revisiones que pueden haber,saludos.

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Algo menos se puede poner, ya que yo he visto vender barcos y han puesto un valor bastante inferior al de la venta y no paso nada, pero si eso se lleva tan extricto como comentais, habra que tener cuidado saludos

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Gracias por responder pero ..

No encuentro las dichosas tablas

yo creo que antes se pagaba como dicen aqui el 4% del valor que tu ponias que te habian vendido la embarcacion, ahora creo que ellos te ponen el valor segun una lista que tienen,pero creo que esa lista la tienen solo ellos.esto lo han hecho para quitar las revisiones que pueden haber,saludos.

Esas tablas se publican en el BOE. Concretamente en el del 21 de Diciembre de 2007 -> Disposiciones Generales -> Ministerio de Economía y Hacienda.

Salen precios "fiscales" de barcos y coches

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esas tablas te fijan el valor del caso y luego el valor de la motorizacion en funcion de los años, es facil, sse calcula sumandolos y se presenta en conselleria de hacienda para pagar el 4%. A veces parace poco el valor, pero es el valor oficial y si pones lo que te establecen pagas poco y ademas no hay revisiones posibles al ser el valor oficial.

saludos

nacho.

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Exactamente. Viene el valor del casco por un lado y el valor del motor (a calcular según caballaje, FB o diésel), viene tb. el decremento a aplicar según los años que tengan (un porcentaje). Ese debe ser el valor (como mínimo) que debe figurar en el contrato y en el papel de pago del impuesto de transmisiones (debe ser el mismo). Otra cosa es que bajo cuerda se pague otra cantidad (normalmente mayor) pero en los papeles, para no tener problemas, debes poner esa cantidad mínima y pagar al estado el 4% de ese valor.

Si tienes alguna duda, díme qué barco, años y qué motor (y años) y te digo lo que tiene que salir en el contrato y lo que debes pagar.

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Si consultas la tabla verás que:

Valor del casco Astinor 840: 39200€

Valor del motor 240 cv diesel: 72,12€ los primeros 50 CV, luego 42,07 por cada caballo adicional (en vuestro caso 190), total, 72,12 + (190*42,07) = 7993€.

Como tu barco es de 2005 tiene más de 3 años (entre 3 y 4) y por lo tanto se le debe aplicar a cada uno un porcentaje de valoración del 61%. Por este motivo:

Casco: 39200€ * 0,68 = 23912€

Motor: 7993€ * 0,68 = 4920€

Quiere ésto decir que el valor "oficial" que tiene tu barco es de 28832€. En el contrato de compra venta no deberías poner menos. Debes pagar el 4% de ese valor como máximo. Ésto es: 1153

fácil ¿no?

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Bueno, entonces quien tiene que pagar la cantidad (normalmente y salvo que lelguéis a otro tipo de acuerdo) es el comprador. Si vas a vender el barco en más dinero que esos 28000 y pico de euros porque te parece que vale más, tienes dos opciones, la más "legal" y la menos "legal":

1: La más legal: Poner en el contrato de compra-venta la cantidad real en que se vende (superior). Eso te exime de cualquier tipo de problema fiscal posterior ya que vas a pagar al Estado más dinero del que se espera recibir por ese barco. No se van a quejar nunca. El problema por así decirlo es que vais a pagar más dinero al estado y la operación se encarece algo.

2: Otra menos legal: Acordar verbalmente una cantidad adicional que no va a figurar en el contrato, la diferencia entre los 28832€ y lo que reealmente quieres que te paguen por tu barco. Poner en el contrato de compra-venta (vas a tener que dar una copia en Hacienda o en el Registro de la Propiedad al formalizar la transferencia) los 28832€, pagar los 1153€, que es lo que espera el Estado que le pagues y ya está. Es un poco lo que se hacía (o hace) al comprar un piso cuando te dicen por un lado lo que tienes que pagar y por otro el precio en que lo vas a escriturar. El Estado no va a investigar esta operación porque le has dado "su parte". No es del todo correcto pero el comprador se ahorra una pasta. Tu barco debe valer (según cosasdebarcos.com) unos 60.000€ o más o sea que de esta manera los impuestos a pagar son más o menos la mitad.

P.D.: Si vas a vender ese barco en 28.000€ yo te doy 30.000 (jeje)

Un saludo

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Buenas veo que los compañeros te informaron perfectamente .... pero un vehiculo o barco usado si puede llevar IVA ( entonces no pagaria el 4 %, solo el 16% que ademas te lo puedes desgrabar ... ) bueno solo era para deciros que si os podeis encontrar iva en un barco usado, pero que es lo menos habitual, si lo vende una empresa y estaba a su nombre os tienen que hacer una factura de venta, con esa factura la presentas en hacienda y no pagas el 4%...

saludos.

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  • 2 meses después...

hola a todos

recupero este post porque tengo un problemilla

he pasado por hacienda para pagar los impuestos de la compra de un barco usado y me han dicho que del 4% nada, el 11% :011: del valor fiscal del barco

me he ido con ganas de decirle a la tia que tome un poco de fibra por la mañana a ver si mejora su humor.... :ph34r::ph34r:

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No se entera de la fiesta me parece a mí. En el impreso que tienes para rellenar los datos de la compra venta salen claramente los números de marras y la cantidad a pagar sale de sacar el 4% del valor fiscal. Es exactamente igual que un coche.

No sé por qué te dice eso. Lo único que se me puede ocurrir es que tengas que pagar impuesto de lujo (?) o algo similar

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cuantos metros tiene el barco?, a parte en canarias tienen un régimen fiscal algo distinto al de la peninsula

6 metros

incluso en capitania me dijeron que era el 4%

me han citado para el viernes ya se lo diré

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No saben ni de lo que hablan. Te ha pillado la sustituta de verano de la delegación de Hacienda. Barco usado, 6 metros = 4% en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales. Pasa de todo. Compra un impreso en un estanco. Dí en el estanco que necesitas un impreso de los de pago de impuesto de transmisiones de compra venta de coches. Hoja de autoliquidación, modelo 620. Rellénalo de acuerdo con las instrucciones que tiene. Verás cómo dice que al final, que tienes que aplicar el tipo del 4% sobre la base liquidable (valor fiscal del barco). De hecho podrías ir con esa hoja al banco, pagar la cantidad que te salga y sellar la hojita. Luego ir a Hacienda con la hojita sellada, copia del contrato, DNIs de comprador y vendedor y copia de la documentación del barco.

Es un error más de la administración

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