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Aunque creo que hay algún post sobre el tema,me quiero centrar en mi eslora,ya que por lo visto por unos centímetros la cosa puede cambiar,la mía es 2,48 y hay cosas que no me acaban de quedar claras,solo se que no tengo que matricularla y que no hace falta titulación para llevarla.

Solo llevo a bordo la factura de compra de motor y zodiac además de la pertinente licencia de pesca y DNI.

Mis dudas,

¿Es OBLIGATORIO llevar equipo de seguridad (bengalas,espejo y demás)?

¿Es OBLIGATORIO asegurarla?

Gracias de antemano.

Saludos desde El Puerto.

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[quote name='MarcosValdelagrana' timestamp='1338649439' post='828238']
Aunque creo que hay algún post sobre el tema,me quiero centrar en mi eslora,ya que por lo visto por unos centímetros la cosa puede cambiar,la mía es 2,48 y hay cosas que no me acaban de quedar claras,solo se que no tengo que matricularla y que no hace falta titulación para llevarla.

Solo llevo a bordo la factura de compra de motor y zodiac además de la pertinente licencia de pesca y DNI.

Mis dudas,

¿Es OBLIGATORIO llevar equipo de seguridad (bengalas,espejo y demás)?

¿Es OBLIGATORIO asegurarla?

Gracias de antemano.

Saludos desde El Puerto.
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En embarcaciones neumaticas sin motor, no es obligatorio el seguro en embarcaciones de eslora inferior a 6 metros.

Saludos

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[quote name='MarcosValdelagrana' timestamp='1338649439' post='828238']
Aunque creo que hay algún post sobre el tema,me quiero centrar en mi eslora,ya que por lo visto por unos centímetros la cosa puede cambiar,la mía es 2,48 y hay cosas que no me acaban de quedar claras,solo se que no tengo que matricularla y que no hace falta titulación para llevarla.

Solo llevo a bordo la factura de compra de motor y zodiac además de la pertinente licencia de pesca y DNI.

Mis dudas,

¿Es OBLIGATORIO llevar equipo de seguridad (bengalas,espejo y demás)?

¿Es OBLIGATORIO asegurarla?

Gracias de antemano.

Saludos desde El Puerto.
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En principio al ser menor de 2,5 metros no hace falta ni siquiera matricularla ni llevar título como bien dices, en la página de la DGMM encontrarás toda la información. Ni siquiera se considera embarcación, sino artefacto flotante.

Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:

Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW.
Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora.
Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW

Equipo de seguridad, pues al menos un chaleco por persona, pero no puedes salir de agua protegidas, en cuanto al seguro, si que debes sacártelo mas que nada porque no hagas daño un dia a alguien o dañes a otra embarcación y en menudo lio te metes. Es muy barato, alrededor de 60€ al año y te quitas de marrones.

Al ser de esta eslora, la legislación es como la de un patín de playa o un kayak, hay una página que igual te interesa

http://www.kayakfishingcanarias.com/index.php?topic=2832.0

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