Saludos a todos.
que foooollón de chocos, recapitulando un poco, las lineas de base rectas las define bien kingg, por ejemplo, una sería la linea que une el espigon de punta y el espigon de huelva, son dos puntos separados menos de 24 millas, de esa linea para adentro son "aguas interiores".
las "aguas interiores" deben estar señaladas en las cartas nauticas, en las que yo tengo desde luego no lo estan, no se si alguien tiene portulanos o aproches y puede confirmar si en ellas entan delimitadas, estaria bien confirmarlo.
otro tema distinto es la "pesca continental" o "aguas continentales" esto es agua dulce, pantanos, rios, embalses...
Recopilacion de ordenes, leyes y demas, trabajo realizado por FULL que yo con su permiso lo pongo todo juntito:
Ley 53/1982 de 13 de Julio
Ley 14 de 1988 de 1 de Junio publicada en el BOE del 2 de Junio.
Boe 290 de 2 de Diciembre de 1996 Orden de 22 de Noviembre de 1996
Ley 3/2001 de 26 de Marzo BOE del 28 de Marzo
Decreto 361/2003 de 22 de Diciembre Boja numero 248 de 26 de Diciembre por el que se regula la pesca maritima de recreo en aguas interiores
Orden 29 de noviembre de 2004 por la que se desarrolla el decreto 361/2003 de 22 de Diciembre
Orden 29 de noviembre de 2004 BOJA 240 de 10 de Diciembre de 2004 por la que se desarrolla el DECRETO 361/2003 de 22 de Diciembre.
Resolucion 4 septiembre de 2007 de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se establece una veda para la pesca del pulpo (Octopus vulgaris) en las aguas interiores del caladero del Golfo de Cádiz----> ¡¡PROHIBIDO PARA LA PESCA MARITIMA DE RECREO!!! ADEMAS HA TENIDO VEDA HASTA EL 31 DE OCTUBRE
... y como bien dice Full.... peaso ladrillo que hay que leerse.... vamos poco a poco
habrá que ir a pescar con una carpeta con papeles, pero como dice Robaleitor... hay doradas, robalos...????
Senator, siento tus malas noticias, pero las buenas no las tengo claras... has sido papá? has cambiado de barco? cuentanos cual es esa buena noticia, pero sea la que sea... felicidades!!
Saludos a todos.