Jupa, en la comunidad Valenciana, no es necesaria la licencia de pesca para el ejercicio de la pesca marítima de recreo desde costa, otra cosa es la pesca desde embarcación y la pesca submarina.
Corrígeme si me equivoco.
De todos modos intentaré documentar lo dicho.
Un saludo.
Bueno, edito para hacer hincapié en lo dicho, veamos...
La pesca marítimo de recreo en la CA de Valencia está reglado por el Decreto 131/2000 en el cual en su artículo 3, enumera las licencias de pesca necesarias para ejercer esta actividad, en este artículo no se hace referencia a la pesca desde costa. Es más, en la disposición adicional segunda, se dice textualmente: " A los efectos de su eventual reconocimiento por las comunidades autónomas que exijan permiso de pesca recreativa para la práctica de la pesca a pie desde la costa, la licencia de pesca recreativa desde embarcación, expedida por la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, extiende su objeto a dicha modalidad."
Bueno y con esto creo que queda solucionado el tema.