Desgraciadamente no existe una fórmula magistral para librarse de los sinvergüenzas ni en este ni en otros ámbitos.
De todas formas la ley ha cambiado mucho en esto, y para mejor; ahora se habla de 8/10 meses (lo que es una buena putada), cuando antes se hablaba de años.
Existen medidas para procurar que el daño sea menor.
Los registros de morosos tipo "rai" no son accesibles al público en general, por el tema de la protección de datos, preservación de la intimidad, etc...
Existe la posibilidad de poner el piso en alquiler a través de la Agencia Estatal de Alquiler, que se creó hace unos pocos años. El piso tiene que reunir ciertas características y el alquiler no debe ser muy alto (de acuerdo con el piso), hablo un poco de oidas pero no más de 600/700 € mes ó algo así.
A través de esta Agencia el cobro lo tienes garantizado.
Siempre se debe pedir una fianza, y en la actualidad también un aval.
Si solo se solicita lo primero suelen pedirse dos mensualidades (dos menos que te deberá si sale rana) Esta fianza debe depositarse en una cuenta bancaria que existe para estos casos.
El aval suele ser por seis mensualidades mínimo, existen unos formatos tipo para ellos y es ejecutable (lo cobras) rápidamente, en cuanto te chulea un par de meses o tres.
Si el inquilino "potencial" se muestra reacio cuando se le solicitan estas cosas,"ojito".....
Todo esto siempre y cuando "declaremos" el alquiler.....muchos problemas para echar a un inquilino moroso vienen por no declararlo.
Si intentas entrar en tu "su casa", cuando no está........si le sacudes una ostia (o dos si son pequeñas)........si le amenzas, etc...mucho peor; te denunciará y ganará otro montón de meses.
También alguien preguntaba si el hacer los trámites a través de agencia te aseguraba el cobro ó similar: NO. La Agencia publicita el piso, lo muestra, pone en contacto arrendador con arrendatario, asesora, realiza los trámites y cobra sus honorarios.....una vez alquilado la relación es entre uno y otro solamente.
Saludos