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  1. Por cierto, no ha sido el Gobierno de Canarias, ha sido el ministerio.
  2. Efectivamente. Y no sólo el jigging, también el curricán de fondo. Aquí tienen el BOE, es el artículo 4 https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/01/pdfs/BOE-A-2015-13003.pdf
  3. En tu carnet debe constar que estás habilitado a vela, pero sólo hasta 15 metros de eslora (con el nuevo cambio), hasta 12 millas de costa y navegación ENTRE islas (Baleares y Canarias). Lo que comentas de 24 metros y navegación de península hasta Baleares, son nuevas habilitaciones pero tendrás que hacer las prácticas correspondientes. No sé si me explico.
  4. La podrás llevar sin problema gas_fondo. Si tienes el Titulín, mantienes todas las atribuciones, es decir, la puedes llevar con el de 20 CV. Si te pasas a la nueva licencia, sin problema también. Si el constructor dice que puede llevar un motor de 20, pues perfecto a llevarla. La nueva ley no habla de potencia recomendada si no de "potencia adecuada según el fabricante". Si la máxima que puede llevar tu embarcacion es de 20 CV, pues listo. Y si te compras una de 6 metros y el fabricante dice que puede llevar un motor de 200 CV, pues con la nueva licencia podrías llevarla... Aunque para no poder ir a más de 2 millas, me sobran caballos jajaja. Ah, y las clases prácticas son eso, unas clases prácticas. Luego no hay examen ni nada. Y tampoco hay una fecha límite.
  5. gas_fondo, no entiendo bien tu pregunta. ¿Tienes el titulín y quieres obtener la nueva Licencia de Navegacio?
  6. La Disposición final cuarta dice: Entrada en vigor. Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo las excepciones siguientes: 1. Las previsiones objeto de este real decreto que estén relacionadas con el otorgamiento de las licencias de navegación por las federaciones de vela y motonáutica y por las escuelas de náutica entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. El régimen de excepciones objeto del artículo 10 de este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así que si te examinas en Noviembre y haces las prácticas antes del 10 de enero exámen y prácticas deberán regirse por el sistema antiguo. Pero, una vez que entre la ley en vigor, tendrías las atribuciones nuevas, básicamente los 15 metros de eslora.
  7. Puedes hacer dos cosas: - Quedarte con la que tienes. - o canjearla por la Licencia de Navegación previa realización de las cuatro horas de prácticas preceptivas para la obtención de la Licencia de Navegación. Si la canjeas, lo único que ganas es que podrás llevar la potencia máxima que permita tu embarcación y también motos náuticas de la categoría C (menos de 55 CV)
  8. OK, muchísimas gracias a todos. Lo preguntaba porque en Canarias no pagamos IVA. Aquí tenemos el IGIC, que lo sustituye. Ahora sólo me falta preguntar por aquí que tanto por ciento de IGIC se paga. Saludos y muchas gracias de nuevo.
  9. Buenas compañeros. Una pregunta corta, ¿qué IVA se le aplica a la compra de una embarcación nueva? Por si es necesario el dato, estamos hablando de entre 6 y 7 metros de eslora. Mil gracias.
  10. Interesante artículo de Juan Ignacio Pérez, catedrático de fisiología de la Universidad del País Vasco y ex-rector de esa universidad http://www.deia.com/2014/01/19/opinion/columnistas/con_ciencia/pezquenines-no-gracias-o-si
  11. Sin ganas de molestar ni de ir de listillo... Es justo lo de la potencia lo que más miedo me da. Me explico: 1- Parto de la base de que la obtención del titulín tiene más de paripé que de otra cosa. Tal vez a alguno de ustedes si le tocó estudiar y examinarse de forma seria. Mi caso, y el de toda la gente que se lo sacó conmigo, es el contrario. Y creo que esto es la norma. 2- Aunque la formación y el examen fuesen serios, el temario es el que es y capacita para lo que capacita. 3- Las atribuciones consisten, básicamente, en la distancia a la que puedes alejarte y el tipo de barco (eslora y motor) 4- Yo sería más partidario de ampliar la distancia, incluso de liberarla, que cada uno vaya a donde le plazca, eso si... Si hay que ir a por alguien que pague lo que cuesta traerle. 5- Es en la embarcación que puedo llevar donde veo el problema. Un barco de 6 metros con un motor de 200 CV es un pepino que puede hacer mucho daño no sólo a los que van dentro si no a otros. Algo parecido pasó con las motos de agua y hubo que regularlas. Cierto que tener el PER o el PY no asegura que uno se vaya a comportar de forma correcta, pero por lo menos que haya superado unos requisitos. En cuanto a lo de sacar perras... Pues qué quieren que les diga. El coste de sacarse una titulación, comparado con lo que cuesta la embarcación, no creo que sea del motivo por lo que no tenemos barcos más grandes. Una cosa que me parecería bien, por ejemplo, es implantar algo parecido al conductor novel en los coches. Durante los primeros años te limitamos las atribuciones y, una vez que se demuestra que no se ha tenido ningún percance, se permitiese aumentar la velocidad, la potencia del motor en este caso. En fin, es mi opinión sin animo de molestar a nadie.
  12. Tal vez me vaya a poner de costado a la ola pero, sinceramente, tal como funciona (o funcionaba) el titulín cuando yo me lo saque, no soy muy partidario de ampliarle las atribuciones.
  13. A mi estéticamente me encanta. Del resto no puedo hablar. El único pero es que el acceso a la cabina sólo sea por los laterales.
  14. Aquí tienen un borrador de la Orden Ministerial que regirá las titulaciones náuticas de recreo http://www.naucher.com/es/actualidad/marina-mercante-ultima-la-modificacion-de-la-regulacion-de-las-titulaciones-nauticas-para-noviembre/_n:1374/
  15. Aquí tienen un borrador de la Orden Ministerial con todos los detalles. http://www.naucher.com/es/actualidad/marina-mercante-ultima-la-modificacion-de-la-regulacion-de-las-titulaciones-nauticas-para-noviembre/_n:1374/
  16. Pues nada señores, que encantado de cambiar de chaqueta y de voto. ¿El motivo? Pues que acabo de aprobar el PER :)
  17. The Rolling, por lo que dices te estás centrando en náuticas y en Gran Canaria. Yo que tu buscaría en otras islas en Tenerife, sin salir de náuticas, Canarias Multinautica tiene algunas de segunda mano que tal vez te interesen. Ya se que son chichas pero en fin jajajaja
  18. Alguien que haya estado en el salón le echó un ojo a la pilothouse 605 de QS? Saludos.
  19. Pues también tienes razón pirata. Tal vez mi condición de isleño no me ha hecho ver esa parte. Aún así, el gran cambio lo sigo viendo en el titulín.
  20. Yo creo que los grandes beneficiados son el "Titulín" y el PNB. Bueno, y los que tengan mucha pasta del PER para comprarse un barco de más de 12 metros.
  21. Estoy con hunter, es un pez lagarto. En Canarias es muy común. Por lo que dicen en Ictioterm, no lo es tanto en la Península. http://www.ictioterm.es/nombre_cientifico.php?nc=266
  22. A ver si estos enlaces te ayudan http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARINA_MERCANTE/NAUTICA_DE_RECREO/Preguntas/Default.htm#pregunta2 http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARINA_MERCANTE/NAUTICA_DE_RECREO/Documentos_administrativos/Matricula_de_embarcaciones/Matricula/default.htm Saludos
  23. Pues nos dejan temblando con eso del 2007. ¿Son muy graves esos problemas?
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