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El que en alguna ocasión ha sufrido una sustracción o estravío de la documentación de su embarcación es el único que sabe las dificultades que uno se encuentra a la hora de solicitar todos esos documentos de nuevo... pero.. se puede evitar, o al menos, debería poder evitarse ¿No?.

- Llevando copias debidamente compulsadas por autoridad pertinente ¿Esta esto permitido? Lo pregunto porque en otros documentos de titularidad, etc no hay problema.. pero ¿ Y en la náutica?

También es sabido, que el ambiente marino perjudica seriamente muchos tipos de materiales y en este caso ¿Que no hace con nuestra documentación que son simples papeles? Y yo me pregunto.. ¿Puedo llevar la documentación plastificada? ¿La GC puede ponerme alguna pega si le entrego la documentación de esta manera?

Quizás con unas simples hojas transparentes de esas que pueden albergar un folio es suficiente para mantenerlas moderadamente bien conservadas, pero el plastificarlas las convertiría en estancas y se mantendrían a flote, inclusive.

¿Y ambas? Documentación compulsada debidamente y plastificadas...

Agradecería me sacaran de la duda.

Un saludo

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Hola Ayibal, la documentacion debes llevarla siempre a bordo cuando salgas a navegar, al completo segun categoria, originales y sin plastificar. Por cada papel que te falte propuesta de sancion de 300€ que te sera retirada a la entrega de la documentacion requerida en un plazo maximo de 2 dias en tu Capitania Maritima mas cercana (Lo se por experiencia). Tambien debes dirigirte al mismo sitio si te falta algun documento para solicitar un duplicado, previo pago de la correspondiente tasa. Si no quieres problemas con los de la Heineken compra algun tipo de bolsa hermetica de las que puedas encontrar en cualquier tienda nautica para guardar documentos, o buscate la manera de coger toda la documentacion y precintarla en una bolsa termosellada, que se pueda abrir facilmente a requerimientos de la autoridad y a su vez quede bien protegida de rociones y humedades varias, espero haberte servido de ayuda.

Un saludo a todos :bienvenido:

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esas bolsas estancas son de lo mejor que hay, no entran ni las humedades

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Se me pasaban por la cabeza estas posibilidades para dejar siempre la documentación en el barco, pero veo que lo mejor es la original, con esas bolsas estancas que comenta pirata., más que nada para evitar problemillas extras con la autoridad, (300 € jeeer) pues no está el tema para multas ahora.

Gracias por las respuestas. Me ha quedado claro :(

Un saludo

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en principio se pueden llevar fotocopias devidamente compulsadas (al igual que en el coche) aunque se puede dar el caso que el GC de turno no este al dia de que esto se puede hacer y te denuncie, tras el correspondiente recurso la multa se quitaria.

Saludos

Publicado (editado)

Hola Bichito, mas que multar, la receta que me extendieron fue una propuesta de sancion por un valor minimo de 1.500€ para una embarcacion valorada en poco mas de 2.000€ ya que habia salido a navegar olvidandome la documentacion en el maletero de mi coche, estacionado en el interior del puerto. Me pararon en la gasolinera y por mas que le explique al guardia que iba a pie hasta mi vehiculo y que le traia la documentacion en menos de 5 minutos, el continuo con su procedimiento sancionador, comentadome que debia entregar la documentacion en la Capitania de Vilanova que era la que correspondia a su acuartelamiento o como se llame, en un plazo inferior a 2 dias. Vilanova me queda a unos 50 Km de mi domicilio, con el problema añadido de que al dia siguiente trabajaba, con lo que tuve que pedir un dia de fiesta para entregar la documentacion (Alli me informaron que podia haberla entregado tranquilamente en la Capitania de Barcelona que me queda a 10 minutos de mi casa o del trabajo). Tan solo me faltaba un documento que no me habia sido entregado cuando compre la embarcacion, pero por suerte pude solicitar un duplicado del mismo en Capitania de Barcelona, previo pago de la tasa correspondiente, con lo que me fue retirada la ultima propuesta de 300€.

Supongo que el recurso solo se aplicaria en el caso de que la propuesta de sancion se llevara a tramite por no haber entregado algun documento, con la correspondiente multa. Lo de las fotocopias compulsadas me dijo el mismo guardia que tan solo era valida la documentacion original, de todas maneras copio y pego la informacion que he encontrado navegando por la red...

Documentos que han de llevar a bordo las embarcaciones

El director general de la Marina Mercante, Fernando Martínez Martínez, ha enviado una carta sobre normas y recomendaciones relacionadas con la seguridad y la prevención de la contaminación

Antes de iniciar la navegación los responsables de la misma deben comprobar que está a bordo toda la documentación necesaria, que puede ser requerida en cualquier momento, tanto en puerto como durante la navegación.

A título enunciativo son los siguientes:

- Certificado de registro español-permiso de navegación

- Licencia de estación de barco (LEB), si es el caso

- Justificante del pago de la prima del seguro obligatorio de responsabilidad civil.

- La titulación oficial del patrón de la embarcación

- Documentación personal de los tripulantes

- La documentación fiscal

- Certificado de navegabilidad en vigor

Para ello las embarcaciones de recreo tanto de lista 6ª (entre 2.5 y 24 m de eslora) como de lista 7ª (entre 6 y 24 m de eslora) deben haber superado los reconocimientos exigidos reglamentariamente. La no realización o no superación de los reconocimientos en los plazos establecidos supone la caducidad del certificado de navegabilidad.

Navegar con el certificado de navegabilidad caducado está calificado como infracción grave y la ausencia a bordo de los documentos necesarios podrán ser sancionados conforme a lo dispuesto en el Título IV de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre.

Así mismo, las compañías de seguros podrían rehusar cubrir daños e indemnizaciones derivados de un accidente si en el momento del mismo, quién gobernaba la embarcación carecía de la titulación adecuada o faltaba algún documento obligatorio o si alguno de éstos estaba caducado.

Los reconocimientos antes mencionados consisten en los adecuados controles técnicos, de seguridad y de prevención de la contaminación establecidos por la Administración española y son realizados por las entidades colaboradoras de inspección de embarcaciones de recreo, que están autorizadas por el Ministerio de Fomento. Puede encontrarse una lista de centros e inspectores de dichas entidades en la página web del Ministerio de Fomento (www.fomento.es) así como en la Capitanía Marítima o Distrito Marítimo mas cercano.

Les sugerimos que vigilen atentamente la fecha de caducidad de los diferentes documentos con el fin de pasr los reconocimientos oportunos antes de la fecha de caducidad del certificado.

Madrid, 23 de julio de 2009

EL DIRECTOR GENERAL

Felipe Martínez Martínez

Y para el que quiera saber mas aqui tiene el documento al completo Título IV de la Ley 27/1992 . Ojo, que leyendola por encima dice entre otras cosas...

Sera tipificado como infraccion muy grave contra la seguridad maritima sancionada con multas de hasta 900.000€ :

Las acciones u omisiones del capitán, patrón del buque o práctico de servicio mientras se hallen en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, drogas tóxicas o estupefacientes a consecuencia de lo cual se pueda alterar su capacidad para desempeñar sus funciones.

El resto de las personas embarcadas en esas condiciones esta considerado como infraccion leve contra la seguridad maritima cuando sus actos pongan en peligro la seguridad del buque, sancionado con multas de hasta 60.000€ .

Un saludo a todos :beer:

Editado por XinXan
  • 2 semanas despues...

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    • Antes de decidirte, yo intentaría probarla con la cabina montada y con varios pasajeros, porque el comportamiento puede cambiar bastante respecto al casco abierto. Y si el astillero recomienda 115 CV, lo tendría muy en cuenta para no echarlo de menos después.
    • Yo los últimos que compré en Decathlon han funcionado de pena, cada vez dan menos luz y aguantan menos. Desde hace tiempo me he pasado a los electrónicos. Lo malo es que los compré con batería CR425 que son recargables (para no tener que ir tirando cada batería tras su uso) y son levemente más gruesos que los que llevan los corchos convencionales, por lo que las barritas que venden para estos, no me valen. Hay unas barritas tamaño Starlight para batería CR322 que venden en Amazón que están muy bien y que son enroscables....pero para mis baterías no valen (Y digo Amazón porque en sitios como Aliexpress hay muchas más opciones pero prefiero no hacer pedidos en sitios así con tarjeta convencional) Y comprar baterías de usar y tirar no me convence. Los últimos que he visto han sido estos que si valen para batería recargable, pero tardan más de un mes en llegarte (y las fechas en que estamos ya poco uso les iba a dar este año) La parte de abajo tiene varios tamaños, se podrían cortar, pero las medidas no son las exactas para el agujero del flotador/corcho, no se si irían bien y parecen algo opacos, no se cuanta luz darán. Igual si un día me da por ahí compro un pack a ver que tal funcionan, me gusta lo de que vayan a rosca. De momento voy tirando con unos que compré en una tienda de pesca, más caros eso si, porque los hacen artesanalmente. Son un starlight para colocarlo en el corcho, termorretractil para unir este con un trozo de tubo de plástico transparente y luego otro trozo más pequeño aparte que meterías dentro de ese tubo. En la parte superior más pequeña y cerrada va el diodo led de 3mm que va encajado (de momento solo me ha fallado uno, sacar el led limpiar patillas y a funcionar) y entre este y el inferior metes la pila. Sería muy fácil de hacer de tener los materiales. De hecho probé a cambiar el led, pero el color que venía en el que compré da más luz que por ejemplo con un diodo led azul que probé. Como digo, lo único que he encontrado que pueda valer para batería recargable, son los amarillos de la imagen inferior. Se que venden flotadores con todo integrado, pero me gustan de unos 15gr y no me gustan de pesca a la inglesa, por eso lo de tirar de "starligts" electrónicos. Además aunque pesco a corcho, pesco algo lejos y en cuanto sale un poco el sol que además es cuando más pican....con los starlight normales no ves nada. Bueno, si en un futuro encuentro alguno que valga para baterías recargables y vaya bien, ya lo comentaré si os interesa. Un saludo.
    • Claro que si, yo los llamo de bobina móvil, y se consiguen unos lances espectaculares, pero no es fácil ni mucho menos su uso. No apto para principiantes. Yo los he intentado domar y acabaron con mi paciencia, demasiadas pelucas. Mira este video de Pedro Maganin, supera los 200 metros con un 0.31 mm. 🧐 Con este señor he aprendido y perfeccionado mucho mis lances.    
    • COMPOSICIÓN DEL PRODUCTO Paraffinum Liquidum (aceite mineral puro). Isopropyl Palmitate (emoliente que mejora la textura). Extracto de aloe vera y vitamina E (en algunas formulaciones) para aportar suavidad adicional  Fragancia suave (menos del 1 %) formulada para la piel sensible  En si, este aceite es parafina. Yo llevo usando parafina para el engrase de mis carretes e hilos más de 40 años, y el resultado ha sido maravilloso, ninguna pega. Todo son ventajas, a 5€ el litro, no mancha, al ser barato lo uso generosamente y si me mancho la ropa a la lavadora y punto, con los hilos genial, cuando veo los hilos secos durante la pesca o los escucho al salir más parafina, en fin a mi me ha ido siempre muy bien. Tengo una pareja de estos carretes, que tienen bien 25 años (o casi) y como el primer día, y otra pareja de los Shimano Power Aero con más de 30 y también en un estado espectacular. Además por mi trabajo compro la silicona líquida en garrafas de 5 litros, pero uso la parafina, me gusta más sobre todo su precio. Una cosa que hago siempre use el aceite que use, procuro no mancharme las manos para no contaminar la carnada, dudo que les guste el olor a las doradas.
    • Esto es un cachondeo de idea retorcida ,inútil que no tiene ninguna función  
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