Jump to content

Posts Recomendados

Publicado

hola amigos:

tengo una duda , con la licencia de pesca maritima de recreo en aguas interiores, es decir la que todos sacamos para pescar desde la orilla..

¿SE PUEDE PESCAR CON UNA BARQUITA (NO EN ALTA MAR) COSTEANDO, CON ESA LICENCIA?

o es necesario expedir otro tipo? si es asi..dadme alguna direccion que lo explique o algo.

GRACIAS!!!!!!! UN SALUDO!!

Publicado

hola casipescador para una barkita como dices hace falta licencia desde embarcacion y se saca en el mismo sitio ke la de costa y vale el mismo precio,saludos y buena :pescando2:

Publicado (editado)

Licencia de Pesca Maritima de Recreo de Clase 2 (pesca desde embarcacion)....9,86 euros

Licencia de Pesca Maritima de Recreo de Clase 1 (pesca de tierra)

.................4,94 euros

Tenia entendido q la licencia continental no es valida para mar pero bueno supongo q no pasa naaa

Salu2

Editado por W4v3
Publicado (editado)

Con la que tienes(pesca recreativa),osea la de caña desde tierra.Puedes pescar con la barca sin ningún problema.Pero para la pesca de altura tienes que sacrte otra licencia.

Un saludo!

Editado por Pepe Gancedo
Publicado (editado)

Discrepo contigo amigo Pepe, :pescando:

Este es un resumen de la normativa de pesca de la Junta de Andalucia, cada comunidad tiene competencia en esta materia, lo q esta claro es q hay una disticion entre pesca interior y exterior y q la pesca desde embarcacion se rige por unas normas y licencia determinada, sin animo de polemizar creo q se necesita una licencia especifica para la pesca desde embarcacion.

Artí­culo 2. Definición.

A los efectos de este Decreto, se entiende, dentro de la pesca marí­tima en aguas interiores, por pesca marí­tima de recreo el ejercicio de la actividad extractiva de especies marinas autorizadas que se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro e interés comercial, con o sin embarcación, y con útiles e instrumentos de pesca no profesionales.

Las capturas obtenidas mediante esta modalidad de pesca, en ningún caso podrán ser objeto de venta o transacción sino que deberán ser destinadas al consumo propio, entregadas para fines benéficos o sociales o devueltas al mar.

Artí­culo 3. Clasificación.

La pesca marí­tima de recreo se clasifica en:

1. Pesca marí­tima de recreo desde tierra: aquella que se practica a pie desde la costa.

2. Pesca marí­tima de recreo desde embarcación: aquella que se realiza desde embarcación.

3. Pesca marí­tima de recreo submarina: aquella que se realiza a nado o buceando a pulmón libre, sin utilizar para ello equipo alguno que permita la respiración en inmersión.

CAPITULO II

Licencias

Artí­culo 4. Licencias.

1. Para el ejercicio de la pesca marí­tima de recreo en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucí­a, será preciso estar en posesión de la licencia expedida por la Consejerí­a de Agricultura y Pesca, que autorice la práctica de cualquiera de las modalidades establecidas en el artí­culo 3.

2. La licencia, así­ como la autorización expresa contenida en el artí­culo 11.4, deberán llevarse por su titular o encontrarse a bordo de la embarcación en el supuesto de licencia colectiva, mientras se realice la actividad de pesca marí­tima de recreo debiendo exhibirse a los Agentes de la Autoridad que pudieran requerirla en el ejercicio de sus funciones, acreditando oportunamente su identidad.

Artí­culo 5. Clases y vigencia.

1. Las licencias de pesca marí­tima de recreo serán de cuatro clases:

- Clase 1: que autoriza a su titular para la pesca marí­tima de recreo desde tierra. Su perí­odo de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.

- Clase 2: que autoriza a su titular para la pesca marí­tima de recreo desde embarcación. Su perí­odo de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.

- Clase 3 o colectiva: que autoriza para la pesca marí­tima de recreo desde embarcación a un número de personas que no podrá exceder del número máximo de capacidad de la embarcación. Su perí­odo de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación.

- Clase 4: que autoriza para la pesca marí­tima de recreo submarina. Su perí­odo de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación.

2. La vigencia de las licencias de pesca marí­tima de recreo obtenidas por las personas mayores de 65 años será indefinida.

No obstante, dicha vigencia no será aplicable a la licencia de pesca marí­tima de recreo submarina.

Artí­culo 6. Requisitos para la obtención de la licencia.

1. Para la obtención de la licencia de pesca marí­tima de recreo de clase 1 y clase 2, será necesario que el interesado tenga cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud. En todo caso, los menores de edad habrán de contar con la autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela.

2. Para la obtención de la licencia de pesca marí­tima de recreo de clase 3 será necesario:

- Tener cumplida la mayorí­a de edad en el momento de solicitarla.

- Acreditar la embarcación desde la que se practicará este tipo de pesca marí­tima de recreo e indicar el número máximo de pasajeros y tripulantes que puedan ir a bordo.

Artí­culo 14. Pesca marí­tima de recreo desde embarcación.

1. En ningún caso las embarcaciones desde las que se practique la pesca marí­tima de recreo, podrán obstaculizar o interferir las actividades de pesca marí­tima profesional.

2. La embarcación utilizada deberá mantenerse a una distancia mí­nima de 200 metros de los barcos pesqueros profesionales que estuvieran faenando, así­ como de las artes o aparejos profesionales debidamente balizados y calados. Dicha zona se considera prohibida para el ejercicio de esta modalidad. La embarcación se situará de forma que la deriva la aleje de los mismos.

3. La pesca marí­tima de recreo desde una embarcación no podrá practicarse a menos de 150 metros de las zonas de baños y del balizamiento de los pescadores submarinos así­ como de los que se encuentren pescando desde tierra.

4. Las embarcaciones desde las que se practique la pesca marí­tima de recreo deberán guardar entre sí­ una distancia mí­nima de 30 metros.

5. Los menores de catorce años podrán practicar la pesca de recreo desde embarcación de clase 2, siempre que estén acompañados de una persona mayor de edad provista de la correspondiente licencia.

Salu2

Editado por W4v3
Publicado

ademas te la dan en un folio y sin plastificar....ala!! a buscarse la vida!..

jajajajaja

currete!! me ganas por 4 dias ... yo fuy a renovarla el viernes. jejejeje

Publicado

Pues en Baleares con la de recreo ya basta.La Guardia Cicil ya me ha pedido la licencia dos veces y con ella no he tenido ningún problema.Ya veo que en Andalucí­a teneis que sacaros la otra.

un saludo!

Publicado

pues si en cada comunidad funciona de una manera.en valencia yo tengo licencia para embarcaciones y a pie desde la costa,para aguas interiores y en aguas de jurisdiccion o soberania españolay para ciudadanos españoles en aguas internacionales.

Publicado

pues si en cada comunidad funciona de una manera.en valencia yo tengo licencia para embarcaciones y a pie desde la costa,para aguas interiores y en aguas de jurisdiccion o soberania españolay para ciudadanos españoles en aguas internacionales.

Publicado

Hola,

en Catalunya hay una 'Licencia de Pesca Recreativa' . Sirve para , segun sus palabras, 'Pesca en superficie en aguas continentales y maritimas' . Y sirve para continental, playa y barca. Puedespedirla hasta para 4 años. Para el atún falta añadir el Anexo 3.

Un saludo,

AVI PESQUETA

Únete a la conversación

Puede publicar ahora y registrarse más tarde. Si tiene una cuenta, inicie sesión ahora para publicar con su cuenta.

Invitado
Responder en este tema...

×   Has pegado contenido con formato.   Quitar formato

  Solo están permitidos 75 emoticonos.

×   Tu enlace ha sido convertido automáticamente.   Haz clic aquí si quieres mostrarlo como un enlace

×   Tu contenido previo ha sido restaurado.   Limpiar editor

×   You cannot paste images directly. Upload or insert images from URL.

  • Posts

    • Yo los últimos que compré en Decathlon han funcionado de pena, cada vez dan menos luz y aguantan menos. Desde hace tiempo me he pasado a los electrónicos. Lo malo es que los compré con batería CR425 que son recargables (para no tener que ir tirando cada batería tras su uso) y son levemente más gruesos que los que llevan los corchos convencionales, por lo que las barritas que venden para estos, no me valen. Hay unas barritas tamaño Starlight para batería CR322 que venden en Amazón que están muy bien y que son enroscables....pero para mis baterías no valen (Y digo Amazón porque en sitios como Aliexpress hay muchas más opciones pero prefiero no hacer pedidos en sitios así con tarjeta convencional) Y comprar baterías de usar y tirar no me convence. Los últimos que he visto han sido estos que si valen para batería recargable, pero tardan más de un mes en llegarte (y las fechas en que estamos ya poco uso les iba a dar este año) La parte de abajo tiene varios tamaños, se podrían cortar, pero las medidas no son las exactas para el agujero del flotador/corcho, no se si irían bien y parecen algo opacos, no se cuanta luz darán. Igual si un día me da por ahí compro un pack a ver que tal funcionan, me gusta lo de que vayan a rosca. De momento voy tirando con unos que compré en una tienda de pesca, más caros eso si, porque los hacen artesanalmente. Son un starlight para colocarlo en el corcho, termorretractil para unir este con un trozo de tubo de plástico transparente y luego otro trozo más pequeño aparte que meterías dentro de ese tubo. En la parte superior más pequeña y cerrada va el diodo led de 3mm que va encajado (de momento solo me ha fallado uno, sacar el led limpiar patillas y a funcionar) y entre este y el inferior metes la pila. Sería muy fácil de hacer de tener los materiales. De hecho probé a cambiar el led, pero el color que venía en el que compré da más luz que por ejemplo con un diodo led azul que probé. Como digo, lo único que he encontrado que pueda valer para batería recargable, son los amarillos de la imagen inferior. Se que venden flotadores con todo integrado, pero me gustan de unos 15gr y no me gustan de pesca a la inglesa, por eso lo de tirar de "starligts" electrónicos. Además aunque pesco a corcho, pesco algo lejos y en cuanto sale un poco el sol que además es cuando más pican....con los starlight normales no ves nada. Bueno, si en un futuro encuentro alguno que valga para baterías recargables y vaya bien, ya lo comentaré si os interesa. Un saludo.
    • Claro que si, yo los llamo de bobina móvil, y se consiguen unos lances espectaculares, pero no es fácil ni mucho menos su uso. No apto para principiantes. Yo los he intentado domar y acabaron con mi paciencia, demasiadas pelucas. Mira este video de Pedro Maganin, supera los 200 metros con un 0.31 mm. 🧐 Con este señor he aprendido y perfeccionado mucho mis lances.    
    • COMPOSICIÓN DEL PRODUCTO Paraffinum Liquidum (aceite mineral puro). Isopropyl Palmitate (emoliente que mejora la textura). Extracto de aloe vera y vitamina E (en algunas formulaciones) para aportar suavidad adicional  Fragancia suave (menos del 1 %) formulada para la piel sensible  En si, este aceite es parafina. Yo llevo usando parafina para el engrase de mis carretes e hilos más de 40 años, y el resultado ha sido maravilloso, ninguna pega. Todo son ventajas, a 5€ el litro, no mancha, al ser barato lo uso generosamente y si me mancho la ropa a la lavadora y punto, con los hilos genial, cuando veo los hilos secos durante la pesca o los escucho al salir más parafina, en fin a mi me ha ido siempre muy bien. Tengo una pareja de estos carretes, que tienen bien 25 años (o casi) y como el primer día, y otra pareja de los Shimano Power Aero con más de 30 y también en un estado espectacular. Además por mi trabajo compro la silicona líquida en garrafas de 5 litros, pero uso la parafina, me gusta más sobre todo su precio. Una cosa que hago siempre use el aceite que use, procuro no mancharme las manos para no contaminar la carnada, dudo que les guste el olor a las doradas.
    • Esto es un cachondeo de idea retorcida ,inútil que no tiene ninguna función  
    • Yo efectúe varias declaraciones, siempre poniendo suelta de ejemplares, además de lo que me quedo, por supuesto, cumpliendo el cupo. Por aquí es raro que inspeccionen nada, tras más de 20 años con barco, sólo me pidieron los papeles en dos ocasiones y además fue en la misma semana. Que digo yo que podrían llevar una base de datos de las embarcaciones inspeccionadas y no duplicarían el trabajo.  🤣
  • Temas

  • Artículos

×
×
  • Crear nuevo...