luciocarpa Publicado Septiembre 28 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 28 , 2007 Hola, A ver si me podiais ayudar. Voy a vender mi embarcación y quería saber que tramites hay qu hacer con el comprador para la venta. No se si es igual que el coche o más complicado, tambien va en el lote el remolque. Gracias anticipadas. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
azote Publicado Septiembre 28 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 28 , 2007 tu solo tienes que hacer contrato de compra y venta dale una fotocopia del dni y los papeles del barco vamos hoja de asiento y permiso navegabilidad y e tiene que pagar el 4 % en el registro y presentarlo con el contrato en su capitania previo pago de otras tasas ah y no olvides poner fecha de venta en el contrato y te quedas con una copia firmada por el por si las moscas,saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Septiembre 28 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 28 , 2007 Es como te dice Azote. Supongo que querrá que en el contrato venga una cantidad más pequeña de lo que realmente te va a pagar. Eso es para pagar menos impuesto de transmisiones. Sabed que hay un mínimo del cual no debéis bajar. En el BOE sale el precio"oficial" de los barcos (valor fiscal), con un descuento en función de los años del barco. No deberíais poner en el contrato menos de lo que pone ahí. Así evitaríais una revisión de hacienda. Además en el contrato debe figurar la misma cantidad que en el papel oficial para pagar la tasa. Salu2 Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
luciocarpa Publicado Septiembre 28 , 2007 Autor Compartir Publicado Septiembre 28 , 2007 gracias a los dos, ya lo tengo un poco más claro. Por cierto el remolque puede entrar en el mismo contrato o hay que hacer algo especial con él o simplemente se lo vendo, pongo en el contrato de compra-venta el valor que le demos y ya esta??? os agradecería esta aclaración Saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
azote Publicado Septiembre 29 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 29 , 2007 el remolque se lo vendes y listo no lo pongas en el contrato solo te serviria para pner mas cantidad y pagar mas aunque el que paga es el comprador,saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
isfis Publicado Septiembre 29 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 29 , 2007 Parece que es habitual que se firme un contrato privado por una cantidad inferior a la que realmente se cobra/paga por el barco. ¿Cómo y cuándo se suele cobrar la diferencia? ¿En mano a la entrega? ¿Previamente ? ¿Se suele hacer otro papel privado para reglar el pago de esa cantidad pendiente ? Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
AguaRas Publicado Septiembre 29 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 29 , 2007 ..... En el BOE sale el precio"oficial" de los barcos (valor fiscal), con un descuento en función de los años del barco. No deberíais poner en el contrato menos de lo que pone ahí. Así evitaríais una revisión de hacienda. Además en el contrato debe figurar la misma cantidad que en el papel oficial para pagar la tasa. .... Saludos. ¿Alquien podría ponerme un enlace de dónde se visualicen esa relación de los precios "oficiales" del BOE? Gracias Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Septiembre 29 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 29 , 2007 Mira aquí http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/21/pdfs/A44998-45181.pdf yatá Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
AguaRas Publicado Septiembre 29 , 2007 Compartir Publicado Septiembre 29 , 2007 Muchas gracias ... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
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