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Editado por elplata
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El segundo video no se puede ver :(

Quedamos a la espera de ver que tal se comporta en el mar B-)

Saludos desde Alacant.

Publicado (editado)

RESUMEN NORMATIVA PESCA MARITIMA RECREATIVA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

Licencias de pesca recreativa

1ª) EN SUPERFICIE, sólo es obligatoria cuando se pesca en embarcación. Duración: 5 años. Mayores de 60 ilimitada.

2ª) SUBMARINA, duración: 2 años

Validez de licencias

Las aguas marítimas interiores, aguas de jurisdicción o soberanía española y para ciudadanos españoles en aguas internacionales.

Expedición de licencias

Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación:

- Alicante: c/ Profesor Manuel Sala nº 2 - Alicante 03003 - telf. 965 934 647

- Castellón: c/ Hermanos Bou nº 47 - Castellón 12003 - telf. 964 358 000

- Valencia: c/ Gregorio Gea nº 27 - Valencia 46009 - telf. 963 866 000

Topes máximos de capturas

5 kgs. por licencia y día (se puede descontar una pieza) con un máximo de 25 kgs. para embarcaciones con más de cinco licencias.

Aparejos

Pesca en superficie (costa o embarcación):

- 2 aparejos (hasta 6 anzuelos) por persona.

- 2 poteras por licencia.

Prohibiciones (art. 8 de decreto 131/2000)

En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:

a) La venta de capturas obtenidas.

b) Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberan mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 mts. de los buques pesqueros y de las artes o aparejos profesionales calados.

c) El uso y tenencia de artes, aparejos y útiles propios de la pesca y marisqueo profesionales tales como palangres, nasas o cualquier clase de redes.

d) El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica, o cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual. No obstante, se autoriza al uso de un máximo de dos carretes eléctricos siempre que, en su potencia máxima conjunta, no superen los 300 w.

e) El uso de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y de forma expresa, el empleo de luces a tal objeto.

f) El uso de cualquier aparato que emplee, como fuerza propulsora para el lanzamiento de arpones, mezclas detonantes o explosivas.

g) El empleo o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.

h) El uso o tenencia de cualquier tipo de equipos autónomos o semiautónomos de buceo.

i) --------> El uso o tenencia de torpedos hidrodeslizadores y vehículos similares. <------------

j) La pesca en los canales de acceso a puertos, en el interior de los mismos y a menos de 100 mts. de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.

k) La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.

l) Utilizar en la pesca de superficie, más de dos aparejos por pesona.

m) Pesca en zonas prohibidas, acotadas o reservadas.

n) La pesca submarina en las zonas de arrecifes y en un área circundante de 300 mts.

Prohibiciones (art. 2.2 y 4 decreto 50/05)

a) Extracción del erizo de roca y negro:

- Desde embarcaciones deportivas.

- Mediante la práctica del buceo.

Especies cuya pesca está expresamente prohibida:

- Corales.

- Moluscos bivalvos y gasterópodos.

- Crustáceos.

Especies capturables con autorización expresa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

(Paseo Federico Soto nº 11 Telf. 965 01 90 76)

- Atún rojo

- Atún blanco

- Patudo

- Pez espada

- Marlines

- Agujas

- Pez vela

- Merluza

NORMATIVA APLICABLE:

- Decreto 131/200, de 5 de septiembre de 2000, (DOGV nº 3833 de fecha 11 de septiembre) del Gobierno Valenciano.

VER DECRETO

- Ordenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 26 de febrero de 1999 y 24 de julio de 2000 (BOE nº 53 de 03-03-99 y nº 180 de 28-07-00).

ver BOE nº 53/1999

ver BOE nº 180/2000

- Decreto 131/2000 de 05/09 (G.V.) Artículo 5 - Capturas.

VER DECRETO

- Decreto 50/2005 de 14/03 (G.V.).

leí ya hace tiempo en la prensa que a un "pescador" le habían metido un buen puro por usar una especia de cañón que con pólvora disparaba el plomo a cientos de metros...

pero si dices que es legal y te has informado, Cambiaría la legislación... no lo sé... de todas formas, muy currado el invento.

Editado por Fat Fish
Publicado
El segundo video no se puede ver :pescando2:

Quedamos a la espera de ver que tal se comporta en el mar :pescando2:

Saludos desde Alacant.

vale tete eske tengo k sellar todo bien k kede muy ermetico para las olas .cuando eso pondre el video .un saludo.

RESUMEN NORMATIVA PESCA MARITIMA RECREATIVA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

Licencias de pesca recreativa

1ª) EN SUPERFICIE, sólo es obligatoria cuando se pesca en embarcación. Duración: 5 años. Mayores de 60 ilimitada.

2ª) SUBMARINA, duración: 2 años

Validez de licencias

Las aguas marítimas interiores, aguas de jurisdicción o soberanía española y para ciudadanos españoles en aguas internacionales.

Expedición de licencias

Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación:

- Alicante: c/ Profesor Manuel Sala nº 2 - Alicante 03003 - telf. 965 934 647

- Castellón: c/ Hermanos Bou nº 47 - Castellón 12003 - telf. 964 358 000

- Valencia: c/ Gregorio Gea nº 27 - Valencia 46009 - telf. 963 866 000

Topes máximos de capturas

5 kgs. por licencia y día (se puede descontar una pieza) con un máximo de 25 kgs. para embarcaciones con más de cinco licencias.

Aparejos

Pesca en superficie (costa o embarcación):

- 2 aparejos (hasta 6 anzuelos) por persona.

- 2 poteras por licencia.

Prohibiciones (art. 8 de decreto 131/2000)

En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:

a) La venta de capturas obtenidas.

b) Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberan mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 mts. de los buques pesqueros y de las artes o aparejos profesionales calados.

c) El uso y tenencia de artes, aparejos y útiles propios de la pesca y marisqueo profesionales tales como palangres, nasas o cualquier clase de redes.

d) El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica, o cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual. No obstante, se autoriza al uso de un máximo de dos carretes eléctricos siempre que, en su potencia máxima conjunta, no superen los 300 w.

e) El uso de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y de forma expresa, el empleo de luces a tal objeto.

f) El uso de cualquier aparato que emplee, como fuerza propulsora para el lanzamiento de arpones, mezclas detonantes o explosivas.

g) El empleo o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.

h) El uso o tenencia de cualquier tipo de equipos autónomos o semiautónomos de buceo.

i) --------> El uso o tenencia de torpedos hidrodeslizadores y vehículos similares. <------------

j) La pesca en los canales de acceso a puertos, en el interior de los mismos y a menos de 100 mts. de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.

k) La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.

l) Utilizar en la pesca de superficie, más de dos aparejos por pesona.

m) Pesca en zonas prohibidas, acotadas o reservadas.

n) La pesca submarina en las zonas de arrecifes y en un área circundante de 300 mts.

Prohibiciones (art. 2.2 y 4 decreto 50/05)

a) Extracción del erizo de roca y negro:

- Desde embarcaciones deportivas.

- Mediante la práctica del buceo.

Especies cuya pesca está expresamente prohibida:

- Corales.

- Moluscos bivalvos y gasterópodos.

- Crustáceos.

Especies capturables con autorización expresa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

(Paseo Federico Soto nº 11 Telf. 965 01 90 76)

- Atún rojo

- Atún blanco

- Patudo

- Pez espada

- Marlines

- Agujas

- Pez vela

- Merluza

NORMATIVA APLICABLE:

- Decreto 131/200, de 5 de septiembre de 2000, (DOGV nº 3833 de fecha 11 de septiembre) del Gobierno Valenciano.

VER DECRETO

- Ordenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 26 de febrero de 1999 y 24 de julio de 2000 (BOE nº 53 de 03-03-99 y nº 180 de 28-07-00).

ver BOE nº 53/1999

ver BOE nº 180/2000

- Decreto 131/2000 de 05/09 (G.V.) Artículo 5 - Capturas.

VER DECRETO

- Decreto 50/2005 de 14/03 (G.V.).

leí ya hace tiempo en la prensa que a un "pescador" le habían metido un buen puro por usar una especia de cañón que con pólvora disparaba el plomo a cientos de metros...

pero si dices que es legal y te has informado, Cambiaría la legislación... no lo sé... de todas formas, muy currado el invento.

yo no gasto productos pirotecnicos solo es una barca para jugar.si me dijeran algo mi tio es del seprona y me a dicho k no pasa nada.a los k meten los plomos con cayak no les dicen nada y creo k eso es peor.un saludo.
Publicado

Los torpedos hidrodeslizadores no son lo mismo, se usan como vehiculo para bajar a mas profundidad mas rapido en la pesca submarina

Publicado
yo no gasto productos pirotecnicos solo es una barca para jugar.si me dijeran algo mi tio es del seprona y me a dicho k no pasa nada.a los k meten los plomos con cayak no les dicen nada y creo k eso es peor.un saludo.

Hola, no entiendo porque es peor.... :pescando2:

Por lo que yo tengo entendido, están prohibidos los aparatos autopropulsados, un kayac no tiene nada que ver porque lo tienes que llevar tu.

Yo no tengo nada en contra de pescar con una lancha de esas pero informate bien primero porque no creo que sea legal.

Un saludo

  • 1 mes después...
Publicado

A mi me parece una buena idea aunque con la de trastos que llevo actualmente no creo que sea cómodo... Al final parecerá que vamos a la luna y no a pescar mf_laughbounce[1].gif

De todas formas creo que si algún funcionario viene es más por la curiosidad que por la ilegalidad. No creo que te multen...

En cualquier caso has pensado que pasaría si llevando el cebo te pega un testarazo una chova o una palometa grande? Creo que te mandará el invento a por ensaimadas.....

Te lo digo porque no serías el primero al que una xova pica mientras está calando el cebo :)

Un saludo!

Manuel

Publicado

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Bueno,dejando aparte el hecho de si es ilegal o no lo es...que de hecho lo es.Lo primero es que esos dos servos que has colocado en proa expuestos al agua y a la intemperie,supongo que sabes lo que te duraran no???...un rocio.

Lo segundo es que segun donde has puesto los brazos que sujetan los plomos,has variado gravemente no solo el centro de gravedad de la embarcacion,sino el reparto de pesos de esta.Con lo que me atreveria a asegurar que esta lancha cabeceara a la mas minima ola,metiendo la proa dentro del agua a no ser que el mar este plano,plano.

Saludos

Publicado

Yo no me meto en si es ilegal o legal, me parece una buena idea.

Un vez ví un vídeo donde un abelete metía el cebo, con un pequeño velero.

El casco era un trozo de corcho, luego le metía un palo con una bolsa de plástico (como vela).

Y todo esto atado con una cuerda, cuando el velerito estaba a la altura adecuada, tiraba de la cuerda y caía el cebo.

Me parece que tu idea elplata es algo similar, pero cambiando su velerito por tu pequeña embarcación a motor.

  • 2 semanas despues...
Publicado

Se vende en tiendas y revistas de pesca un misil que te lleva el cebo a 300 metros o mas desde la orilla a un amigo de un conocido se lo quito la guardia civil y se lo tubieron que devolver no esta bien la normativa

  • 2 meses después...
Publicado

vale tete eske tengo k sellar todo bien k kede muy ermetico para las olas .cuando eso pondre el video .un saludo.

yo no gasto productos pirotecnicos solo es una barca para jugar.si me dijeran algo mi tio es del seprona y me a dicho k no pasa nada.a los k meten los plomos con cayak no les dicen nada y creo k eso es peor.un saludo.

Podrias explicar por que es peor meter los plomos con el kayak que con la lancha de rc ?

Que conste que soy un gran aficionado tambien al radio control en todas sus facetas pero no acabo de entender lo expuesto en tu post .

Por supuesto pesco en kayak ya hace tiempo.

Ya tienes algun video para ver el cacharro en accion?.

Un saludo y buena pesca .

  • 2 semanas despues...
Publicado

Podrias explicar por que es peor meter los plomos con el kayak que con la lancha de rc ?

Que conste que soy un gran aficionado tambien al radio control en todas sus facetas pero no acabo de entender lo expuesto en tu post .

Por supuesto pesco en kayak ya hace tiempo.

Ya tienes algun video para ver el cacharro en accion?.

Un saludo y buena pesca .

si lo e metido en el agua y tambien e calado los plomos .pero estamos ocupados que todo salga bien con prismaticos y que la barca no vuelque y de todas formas es denoche y no se puede grabar bien.un saludo.

Publicado

si lo e metido en el agua y tambien e calado los plomos .pero estamos ocupados que todo salga bien con prismaticos y que la barca no vuelque y de todas formas es denoche y no se puede grabar bien.un saludo.

podrias grabar la prueba de dia!punk.gif

eso en dias como los que tenemos por estas fechas, creo que acabaria ahogado en la primera calada.blink.gif

saludos pescado3.gif

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    • Un tema muy interesante y hoy por hoy la sondas ya  necesarias. para interpretar las imágenes hay que analizar bien lo que esta pasado debajo del casco,pues la tecnología a avanzado pero el concepto de como trabaja es el mismo. Kaiman el transductor que tu tienes….tiene dos menu principales.. el Ultra -clear que usa el CHIRP traditional que en teoría te da un máximo de 264 metros con condiciones optimas….densidad de agua claridad incluyendo la salinidad. teine el ultra performance que en teoria da un máximo de 66 metros. tienes que buscar en el menu el CHIRP y activarlo,normalmente en los menu vas a ver una ventana adonde los transductores aparecen y mas probable tengas que pulsar el que tú tienes. tu transductor montado en la popa tiene que estar muy bien montado para que el ángulo optimo tenga el centro del cono lo mas vertical posible.La mayoría de los transductores de ultima gama están diseñados para que el angulo del cono se variables…el tuyo de 24 a 16 grados en CHIRP. Es logico contra mas grande el angulo de cono menos profundidad te va marcar.. 12 grados fijo era algo normal….yo en un tiempo tenia dos transductores…..uno  de 12 grados y uno de 5 grado para mas profundidad…….piensa y visualiza la señal trasmitiendo como un cono bajo el barco…lo primero que vez en la pantalla es el comienzo del cono que siempre esta  por delante de la proa no debajo….lo que está directamente debajo del casco en vertical es lo que esta a mano derecha de la pantalla…en el A SCOPE…..difícil de interpretar aveces. Los KHz. el CHIRP High Wide opera en (150-240 KHz) UHD Clear View CHIRP en (760-880 KHz) las dos opciones operan en 350 W…vatios cada una ósea no llegan a 600W. los transductores que alcansan mas profundidad operan en 33/50 KHz….y también suelen tener 200kHz. los KHz mide la velocidad y la frecuencia de la longitud de onda,menos KHZ la onda es mas lenta pero llega a mas profundidad. No creo que el Garmin que tienes sea compatible con uno de 1000 vatios,pero creo que alineando el plotter con el tranductor que tienes y el CHIRP de vería poder hacerlo en el menu y los 200 metros son alcanzables. un saludo.  
    • Quieres que te diga una cosa Kaiman,para tener un buen resultado en una sonda,hay que comprarse un transductor de 1 kw,que vale un pastón,este año he comprado uno de 600 w y como no me gustaba lo he cambiado por otro,que según decían era extraordinario,y no he visto diferencia,sin embargo veo a compañeros con transductores de 1 kw y es otro mundo.
    • En ningún lado de los manuales indican la profundidad máxima. Lo de ver las muestras, yo las veo, aunque nunca he probado por debajo de los 30 metros. Lo que realmente me extraña es que con mi anterior y vieja sonda con transductor de 500w dual y de la misma marca que la actual, las lecturas máximas del fondo eran mucho mejores. Técnicamente, cualquier sonda debería alcanzar sus máximas prestaciones en relación con la profundidad pues usando una frecuencia baja, llevar el transductor lo más paralelo posible a la horizontal y ajustando la ganancia de forma que no tengamos demasiada basura en pantalla. Ayuda también el ajuste de la ganancia vertical, pero en mi caso, nada de eso mejora el resultado y me tiene quemadillo.
    • Buenas a todos, soy nuevo en spinning y hoy a sido mi primer día en el que he salido a probar está modalidad.  Les comento, me compré una caña de spinning y me puse ha buscar como un loco que montaje se necesita para esta modalidad, bueno que acabe comprando un trenzado para la linia madre del decatlón el tx4 concretamente, un 0'16 y le puse un bajo fluorocarbono del decatlón, un 0'35. Compré unos señuelos por AliExpress ( se que la calidad no es muy buena pero bueno era para probar y ver qué tal esta forma de pescar) compré un popper, un minnow, un paseante de superficie, un jig metalico y una cucharilla. Hasta aquí todo bien, sali a pescar por la playa de cubelles cerca de cunit y fui ha un espigón que tienen esas playas, la cosa es que era un día espectacular para pescar, tenía a los peces que me saltaban a los lados y ni tirando los señuelos cerca lograba cojer algo, por no coger ni una picada sentí, estuve un rato hasta que enroque el jig, harto me fui para casa pensando en que estaba haciendo mal, y bueno... Ahora estoy aquí para ver si me podías echar una mano y decirme que puedo hacer para sacar algo este verano.  Muchas gracias y espero ansioso la  respuesta  Buenaaaa pescaaa🎣    
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