Por fin he encontrado alguna cosa, ayer el buscador del foro no me funcionaba, la distancia es de 150 metros, no 200 como yo había escrito.
VicentVLC, en 30 abril 2009 - 11:25:27, dijo:
TEMA SOLUCIONADO:
He hablado con la Federación de Pesca de la Comunidad Valenciana, concretamente con Elena, y me ha solucionado la duda en 10 minutos

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Como comentaba yo tengo la licencia federativa de competición Mar-Costa, pues bien, para pescar a menos de 150 mts de una desembocadura de aguas fluviales (y se entiende por aguas fluviales todas las aguas dulces que vierten sobre el mar...) necesitaría también la de aguas fluviales ya que
a pesar de que las capturas sean de mar se considera una zona fluvial por ser una desembocadura.
Así que la sacaré y la próxima vez que me la pidan, sin problemas, tarjetazo y palante......
Un saludo y ya sabeis lo que os puede ocurrir si pescais cerca de desembocaduras por pequeñas que sean.......
Aunque se refiera a la Comunidad Valenciana creo que es aplicable a todo el estado, menos a Cataluña, ya que la misma licencia sirve para agua dulce y salada, mientras que en las demás comunidades es necesaria una licencia de cada.
He hablado con gente que pesca desde hace muchos años y todos me dan la razón, únicamente difieren en la cantidad de metros, 100, 150, 200, etc...
Saludos
Este tema ha sido editado por loco de mar: 29 abril 2011 - 09:47:24